viernes, 28 de diciembre de 2018

¿Por qué es negado el racismo antiblanco? Parte II


(Primera parte: http://cienciayraza.blogspot.com/2018/12/por-que-es-negado-el-racismo-antiblanco_45.html
 

a ignorancia, negación o trivialización del racismo antiblanco entre personas blancas sin motivos para ignorarlo, negarlo o trivializarlo (como el caso, por ejemplo, de los distintos agentes inmigracionistas, que sí tienen un interés en hacerlo) tiene varias causas, todas ellas relacionadas. Analizándolas, tomamos conciencia del enemigo al que nos enfrentamos y nos ponemos en disposición de idear estrategias que rompan esta infame impunidad del que el racismo antiblanco disfruta. Las causas son las que siguen: 

3. Los inmigrantes cuentan con sólidas organizaciones que velan por sus intereses, mientras que los españoles no. 

Los casos de racismo contra no blancos que se producen en España tienen necesariamente como destinatarios a inmigrantes o hijos de inmigrantes. De ahí que haya que prestar atención a este sector de población para entender qué ocurre con la sobrevaloración del racismo contra no blancos y, especialmente, con la infravaloración del racismo antiblanco en España. 

Hay en España numerosas organizaciones de inmigrantes. Algunas de ellas no son nada pequeñas y reciben, al igual que las ONGs consideradas más arribas (ONGs pro inmigrantes), grandes cantidades de fondos públicos. Por ejemplo, en el mismo BOE citado arriba, en el que Movimiento contra la Intolerancia se hizo con 270.000 euros de dinero público (BOE núm. 227, del 20 de septiembre de 2012), la Asociación Rumiñahui Hispano Ecuatoriana para la Colaboración al Desarrollo obtuvo 311.000 euros, ACOBE (Asociación de Cooperación Bolivia España) se hizo con 125.000 euros, ACULCO (Asociación Sociocultural y de Cooperación al Desarrollo por Colombia e Iberoamérica) logró 167.000 euros, la Asociación de Chinos en España se benefició de 53.000 euros, Fundación Secretariado Gitano sacó 100.000 euros y Unión Romaní 80.000 euros. En el BOE en el que Movimiento contra la intolerancia logra 314.500 euros procedentes de los impuestos que todos pagamos (BOE núm. 74, del 27 de marzo de 2012), la parece que inevitable en estos BOEs Asociación Rumiñahui Hispano Ecuatoriana para la Colaboración al Desarrollo consigue 90.000 euros, ACULCO (Asociación Sociocultural y de Cooperación al Desarrollo por Colombia e Iberoamérica) 40.000 euros, Fundación Secretariado Gitano ¡2.723.9560 euros!, Unión Romaní ¡1.593.031 euros!, Asociación Nacional Presencia Gitana 301.868 euros, Federación de Asociaciones Gitanas de Aragón 75.161 euros, Federación de Asociaciones Gitanas de Cataluña 518.368 euros, Federación Autonómica de Asociaciones Gitanas de la Comunidad Valenciana 200.257 euros, Federación Regional Gitana de Asociaciones de Castilla La Mancha 127.305 euros, Federación Andaluza de Mujeres Gitanas 296.052 euros y Federación de Asociaciones Gitanas Extremeñas 198.656 euros. 



Cuando veo estas cifras sólo puedo pensar en dos cosas: 1) ¿cuántas pensiones podrían pagarse con todo este dinero?, 2) ¿por qué no hay obligación de que estas ONGs, que tanto dinero público perciben, estén sometidas a auditorías externas periódicas? 

Estas ONGs de inmigrantes son perfectas conocedoras de la discriminación positiva y de cómo beneficiarse de ella, así que uno de sus cometidos es orientar a los inmigrantes en este sentido. También ejercen a veces de denunciantes de presuntos casos de racismo contra no blancos, gozando de una cobertura mediática y política excelente. La sobrevaloración de casos de racismo contra no blancos está servida aquí también, por el mismo mecanismo, analizado antes, del funcionamiento burocrático de las organizaciones subvencionadas. 
 
La discriminación positiva, como se explica pormenorizadamente más adelante, es la forma más usual de racismo antiblanco formal o institucional. La discriminación positiva es incompatible con la igualdad ante la ley y con el principio constitucional que prohíbe la discriminación por causa racial. Pero no hay en la sociedad civil organizaciones o ligas de nativos o autóctonos que denuncien públicamente los abusos concretos que bajo el eufemismo de discriminación positiva caen en el apartado de racismo antiblanco institucional. Tampoco pueden denunciar, obviamente, casos de racismo antiblanco informal, que no disponen, entonces, de esta vía para llegar a los medios o a las instituciones políticas, ni por consiguiente al público. Es seguro que, aunque existiesen tales organizaciones, dado el ambiente ideológico de naturaleza xenomaníaca y endófobica que domina, fuesen marginadas del reparto de subvenciones. 

Los blancos en España, por lo tanto, no tienen ninguna organización importante en la sociedad civil que se ocupe de ellos y no hay, generalmente, ningún altavoz sólido que dé a conocer los casos de racismo antiblanco. Esto redunda en la mencionada infravaloración de este tipo de racismo. 

4. El origen filosófico e ideológico de las leyes existentes, así como el contexto ideológico y político en el que se aplican las leyes contra el racismo, contexto del que forman parte los encargados de aplicarlas, hace que, de momento, se haya perseguido poco o nada los casos de racismo antiblanco. 

La constitución de 1978 y las leyes que rigen en España están basadas en filosofemas e ideologemas de origen ilustrado, liberal y francmasón. Son, por tanto, hostiles a lo étnico y a toda comunidad orgánica. Su punto de partida y de llegada es el individuo, y la sociedad atomizada el marco artificioso en el que tienen sentido. Proveen, por tanto, del escenario legal adecuado en el que poderes de naturaleza fundamentalmente económica e interés mundialista disponen la entrada de contingentes humanos masivos a tal o cual estado , y la consiguiente salida de estos mismos contingentes de de tal y cual estado. Son las leyes que permiten procesos tales como la inmigración o la emigración masiva, así como las concesiones masivas de permisos de residencia e incluso de nacionalidad. La cuarta fuente filosófica e ideológica importante de la que se nutre la legislación española es el marxismo cultural, algo que explica ciertas características de la misma que se consideran más abajo. 

Aunque cualquiera de estos cuatro principios es hostil por definición a la realidad étnica, esta realidad se impone y el legislador debe actuar. Estas leyes prohíben, en semejante sociedad de individuos desligados unos de otros, los actos de naturaleza racista. Esto, en principio, protege a los individuos de todas las razas que habitan semejante estado, es decir, protege también a los individuos de raza blanca. Pero en la práctica se evidencia la tendencia a que las leyes contra el racismo terminen siendo sólo aplicadas contra presuntos casos de racismo contra no blancos y a que los casos de racismo antiblanco queden en situación de impunidad. Sin duda, opera aquí especialmente el contexto ideológico y político en el que se aplican estas leyes, contexto que puede calificarse como inmigracionista, multiculturalista y, de nuevo, xenomaníaco y endófobo. 
 
Adicionalmente, llaman la atención varios elementos. Las leyes hablan y entienden también de la xenofobia, del odio u hostilidad hacia los extranjeros, pero no del odio u hostilidad que los extranjeros pudieran tener contra los autóctonos o nativos. Desde luego, los españoles nativos no parecen ser el centro de la preocupación del legislador. Es como si para el legislador no pudiera existir ese supuesto, el odio u hostilidad hacia el nativo. También se ignora en la ley el caso de odio o la hostilidad hacia la etnia nativa (española) por parte de alguien que pertenece a esa misma etnia. Esto se llama endofobia y tampoco parece interesar a legislador. Sin duda está pagando aquí la legislación española, o más bien los españoles legislados, la influencia que en la misma tiene el marxismo cultural, según el cual, por definición, sólo individuos pertenecientes a la raza blanca, y, según en qué versiones del mismo, incluso la raza entera, pueden ser, o son, culpables de odio y delito racial. Conocido esto, sólo he de preguntar: ¿llegará el día en que un español será declarado racista si no se deja apalear?, ¿ha llegado ya? Ni el más enrevesado endófobo es capaz de demostrar que los casos de racismo antiblanco no son también delitos de odio y de discriminación racial. Otra cuestión llamativa es que unas figuras como los fiscales especiales contra delitos de odio y discriminación, creados ex profeso para perseguir delitos de naturaleza racista, no hayan actuado ni una sola vez contra el racismo antiblanco en España. Hay gente que ante esto puede preguntarse: entonces, ¿para qué están? Hasta ahora sólo han actuado ante presuntos casos de racismo contra no blancos pero brilla por su ausencia su actuación en casos de racismo antiblanco. Hasta el nombre es equívoco. Odiar, lo que se dice odiar, yo puedo odiar a quién quiera. La ley sólo debe intervenir si este odio se traduce en acción, a menos que el legislador reconozca que estamos ya en 1984 y confiese que legisla sobre el “crimental” o crimen mental. Por último, también llama la atención el que la discriminación positiva sí sea legal. La ley prohíbe la discriminación por motivos étnicos. Pero es conocido por todos que una de las variables en función de la que se aplica la discriminación positiva es la etnia, no entrando nunca la etnia nativa española en la categoría de etnia discriminada positivamente. Este problema se desarrolla en el siguiente punto. 

Todos estos problemas de naturaleza legal no hacen sino distorsionar la percepción que la gente tiene del racimo antiblanco. Si por una causa u otra, la tendencia resultante es que los casos de racismo contra los no blancos lleguen más fácilmente a los tribunales que los de racismo antiblanco, la sobrevaloración del racismo contra los blancos y la infravaloración del racismo antiblanco son seguras. También favorece, naturalmente, una percepción de las personas blancas como violentas, racistas, discriminatorias, problemáticas y de las personas no blancas como pacíficas, no racistas y cívicas, alimentándose así una endofobia muy elemental entre los que son de raza blanca.






(Source:  taringa.net) votar

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