viernes, 21 de septiembre de 2018

La usura judaica


!La usura judía! No hay tema que asome con más frecuencia a los Ordenamientos de las Cortes de Castilla. Ya le dedicó atención Amador de los Ríos ; pero su mente de hombre del siglo XIX y su devoción por los hebreos no le permitieron ver la realidad como era ; redujo erróneamente la cuantía de los intereses exigidos por los usureros y atenuó así lo cruel y grave de tal lacra social.  El hebraísta Cantera la ha estudiado recientemente con mayor pormenor y sin demasiada simpatía por los judíos peninsulares , mas el cuadro de la usura hebraica en España es mucho más sombrío que el trazado por él. Y los extractos de Milláns de la historia de los hebreos españoles del profesor de Jerusalén, Baer, permiten sospechar que, naturalmente, no ha ahondado en tema tan ingrato y que ha aceptado los benévolos cálculos y las benévolas conclusiones de Amador de los Ríos.
Cantera ha recogido la doctrina de los libros sagrados hebraicos sobre la usura. De ellos resulta que los judíos la practicaban desde siempre y con fruición : “Al extranjero impondrás usura, pero no a tu hermano”… (Deut. XV, 6).
No sé cuando empezaron los judíos a ejercer la usura en España. Diversos documentos atestiguan la concesión de “renovos”, (ese era el nombre técnico de los créditos usurarios), en diversas regiones del reino.  Sospeché antaño, y sigo sospechando hoy, que eran judíos la mayor parte de los prestamistas que los concedieron.  Antes del año 964 un tal Mercadarius recibió de su deudor, Miro Bazarra, un corte en León, porque no le había pagado la suma de él recibida “ad usuram”. Puesto que ni los cristianos ni los musulmanes solían a la sazón ejercer en tierras leonesas el oficio de mercader, es muy probable que el  Mercadarius usurero, que ocultó su nombre familiar tras el calificativo de su profesión, fuese hebreo.

De la frecuencia con que los hebreos acostumbraban a conceder préstamos en León y Castilla durante la primera mitad del siglo XII da noticia “El cantar del Mío Cid”. Por él sabemos sabrosos pormenores de la vida real de los usureros burgaleses. Los préstamos usurarios de los judíos castellanos engendraron el antisemitismo del juglar autor del “Cantar del Mío Cid, y acredita el placer con que sus oyentes acogían la burla de los dos usureros burgaleses, Raquel y Vidas, por el héroe arquetipo de sus más nobles ideales. A la sazón los judíos daban a usura a no menos del 100% anual.
En el texto latino del Fuero de Cuenca, algunas décadas posterior al Cantar, se prohíbe a los judíos prestar a más de tal interés, señal evidente de que solían exigir réditos todavía mayores. En otra serie de leyes municipales se autoriza un interés todavía más crecido, de 1/8 y de 1/12, que llegaban a ser del 50% y del 33%   !semanales y mensuales respectivamente!
Ante la cuantía de los intereses exigidos y lo fabuloso de las sumas requeridas, ¿se comprende el antisemitismo del cantor del Cid, su burla de los usureros burgaleses y la creciente saña popular contra los hebreos? 
Alfonso X el Sabio trató de poner coto a tan terrible plaga. El interés fijado por el rey representaba una tremenda reducción del consentido por los Fueros municipales. Pero los judíos supieron burlar todas las prescripciones : Obligaban a quienes solicitaban préstamos a reconocer deudas superiores a las cuantías que recibían en verdad, deudas del doble de la cuantía recibida, según el testimonio de las Cortes de Madrid de 1329. Por un modo u otro los usureros judíos se aseguraban de antemano intereses superiores al 100% anual.
Para asegurar el cobro de sus créditos los usureros judíos exigían prendas o fiadores. Solían usar y aún abusar de aquéllas y comprar los bienes que respondían del pago a precios reducidos ; y cualquiera de los dos negocios les permitía acrecentar su riqueza a costa de sus víctimas. Más que todas las disposiciones legales y que las protestas de las Cortes, los documentos descubren la gravedad de la lacra de la usura judía ; su lectura deja en el ánimo una sensación de angustia. No puede sorprender que la Iglesia se alzara pronto contra la usura judía.
Clemente V, en el Concilio de Viena de 1312 condenó canónicamente la usura ; la clerecía castellana repitió la prohibición en el Concilio de Zamora de 1313 y Papas y prelados otorgaron a los cristianos Bulas y sentencias de excomunión contra los hebreos usureros. Alfonso XI se irritó ante tales medidas y en las Cortes de Valladolid decretó su nulidad y su recogida….. Más la protesta nacional contra la usura judía alcanzó tal volumen que, a la poste, Alfonso XI, aunque todavía resistió a diversas peticiones de las Cortes contra ella, en 1348 decidió prohibirla, como la habían prohibido Alfonso X en las Partidas, y la Iglesia en los Concilios de Viena y Zamora.
Era humanamente imposible que los judíos renunciaran a prestar con usura porque Alfonso XI les prohibiera hacerlo. Tanto más imposible cuanto que los cristianos siguieron acudiendo a ellos en demanda apremiante de dinero o de trigo para defenderse de los zarpazos de la miseria que los rondaba de continuo, en los frecuentes años malos en que se perdía la cosecha o el ganado moría de hambre.
Los usureros judíos tenían demasiada práctica como para no sortear la tajante prohibición alfonsí.  Siguieron obligando a sus deudores a confesar deudas superiores a las que en verdad habían contraído, siguieron forzándolos a admitir durísimas cláusulas penales en caso de que no devolvieran las sumas recibidas en los breves plazos por ellos fijados, y acudieron a mil y un ardides para asegurarse fortísimos intereses usurarios y para apoderarse de los bienes raíces y muebles de quienes caían en sus manos. Y fue inútil que las Cortes protestaran ante los reyes. Los judíos continuaron dando a logro o usura, continuaron obteniendo ganancias desaforadas y continuaron labrando su ruina al echar leña al fuego de la creciente enemiga popular contra ellos.
Tanto mayor era el odio de las gentes contra los hebreos cuanto menor era su condición y mayor su pobreza. Porque los pequeños préstamos sobre prendas domésticas  no estaban protegidos por las garantías requeridas por la ley para los superiores a ocho maravedís, y por ello los prestamistas exigían en tales casos réditos fabulosos. En horas de angustia prestaban al !1400% al año!, tras tomar en prenda sus pobres ajuares.
El historiador hebreo español  Salomon ben Varga señaló ya, con razón, la usura entre las causas del odio popular de los cristianos contra sus hermanos de raza y de los dolores y torturas que todos los judíos peninsulares hubieron de sufrir.   Finge un diálogo entre un sabio, Tomás, por cuyos labios habla, y un rey llamado Alfonso : “Los judíos nos han consumido nuestro dinero, dicen al rey los campesinos, por causa de la usura ; incluso se han apoderado de nuestros ganados, hasta el punto de no poder arar nuestros campos….”.  “Ellos están ricos, llenos de lo que nosotros hemos conseguido con trabajo y que nos han devorado por la usura….”.  “Debéis saber, dice el rey a los legados de los judíos de su reino, que vosotros vinisteis a nuestras tierras desnudos y hambrientos ; sus naturales os recibieron con amor y vosotros le habéis mal por bien ; por vuestra usura les habéis arrebatado sus heredades, sus ganados y sus bueyes de labor…..”.  “Te aconsejo, dice Tomás al soberano, que le había preguntado cómo podía impedir que los judíos pereciesen a manos de sus súbditos, que pregones por tu reino que todas las heredades que hayan sido adquiridas por los judíos por vías usurarias en sentir de los jueces del país, sean devueltas a sus antiguos dueños”.
Mientras se acercaba el terrible estallido popular, en toda España la usura judía seguía estrangulando entre sus garras a los españoles de las más diversa clases y tierras.  Las Cortes de Valladolid de 1385 se quejaron de que los judíos llegaban a exigir el reconocimiento de deudas tres veces superiores a la suma recibida y se negaban a devolver, so pretextos diversos, las prendas que garantizaban sus préstamos. En junio del mismo año el pueblo iniciaba en Sevilla los terribles progromos que hubieron sufrir las aljamas hebreas de muchas ciudades y villas de España…..  Pero pasada la tormenta, los usureros judíos volvían a sus viejas prácticas. No aprendieron nada de la catástrofe que habían contribuído a provocar. Numerosos judíos continuaron ejerciendo la usura después como antes de 1391.
El converso Álvar García de Santa María, hermano del primer rabino y luego obispo de Burgos, Salomón ha-Leví, después Pablo de Santa María, otorgó numerosos préstamos en dinero no sabemos a qué interés, pero es dudoso que los concediera sin obtener algún beneficio quien consiguió amasar una considerable fortuna. Y no cabe dudar tampoco de las actividades usurarias de los judíos que no apostataron de su fe en la catástrofe de 1391. En las Cortes de Valladolid de 1405, Enrique III dictó un Ordenamiento muy minucioso contra la plaga de la usura. Los procuradores le pidieron renovase las leyes antes dictadas contra ella, porque los judíos “non curando delas dichas leyes, fezieron después muchos contrabtos usurarios”, obligando a los cristianos a firmar cartas desaforadas, en tal manera que muchos delos dichos christianos son destroydos e empobrecidos”.
En las Cortes de Toledo de 1462 los procuradores se quejaron a Enrique IV de que los judíos temiendo las ordenanzas y leyes dictadas por los reyes contra la usura “non fazen contratos por escriptura, pero toman e rresciben prendas de grand valor por pocos dineros de los christianos , las cuales se pierden e quedan en su poder, e intervienen muy mayores fraudes e infinitas usuras”. Los protocolos notariales de la época van ofreciendo cada día nuevos testimonios de préstamos hebraicos en todas las tierras de España.
Los prestamistas judíos, al contribuir a encender el odio del pueblo contra sus hermanos de raza, ayudaron a aumentar la tensión apasionada de las masas , y más que activar la vida económica nacional contribuyeron a estancarla, chupando sus riquezas y aumentando la miseria colectiva. Importa no olvidarlo para comprender la historia española.













(Source:  forocatolico.wordpress.com)
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